
La campaña militar que los Estados Unidos e Israel emprenden contra el régimen autocrático de los ayatolás en la República Islámica de Irán, tiene, a no dudar, impacto directo sobre la geopolítica internacional y de los derechos humanos.
Es que uno de los desencadenantes de la llamada Guerra de Medio Oriente, fue el estado de virulencia y represión que el Estado iraní ejerció sobre sus ciudadanos días previos al inicio de la guerra.
Pues bien, la defensa de los derechos humanos más esenciales del ser humano, siguen y serán siendo, entonces, uno de los motivos principales de la guerra de Medio Oriente. Es que las fuerzas armadas de los países aliados, sumado a las milicias callejeras del propio Irán, están logrando lo que parecía imposible hace tan sólo días atrás: la caída del régimen inhumano y dictatorial de los ayatolás.
Comerciantes iraníes continúan ahora realizando protestas a causa de la profundización de la crisis económica (inflación y devaluación de la moneda) del régimen iraní. Esas primeras protestas rápidamente se expanden por todo el país persa y abarcaron una multiplicidad de demandas, convirtiéndose en el mayor desafío a la teocracia desde la Revolución Islámica de 1979. Incluso se llegó a vislumbrar que era posible un retorno a la monarquía prerrevolucionaria de la mano de Reza Pahlavi, el hijo del sha depuesto por los chiitas.
Acorralados por la presión social y la guerra, el régimen teocrático lleva adelante una represión nunca antes vista. Aunque no hay cifras fidedignas, Human Rights Watch y Amnesty Internacional hablan de 30.000 muertos y 2000 desaparecidos por parte de las fuerzas gubernamentales.
El control oficial sobre las redes y medios de comunicación también es absoluto, sumado a la expropiación y persecución ideológica sangrienta a todo aquel que se digne contradecir al régimen en público. Se vive en territorio iraní, un estricto toque de queda. En fin, se vive allí lo que se define en el derecho internacional como los “crímenes de lesa humanidad” que, necesariamente, deberán ser juzgados por la Justicia Internacional.
La represión de principios de año en Irán fue una de las peores que se recuerden de este siglo; pero no la única. La aniquilación de disidentes políticos mediante un plan sistemático de exterminio humano, también se vivió en el Genocidio Rohingya en Myanmar, en el ataque a Israel del 7 de octubre de 2023 y en las atrocidades desplegadas contra disidencias en Siria, Venezuela o Nicaragua.
Así como los crímenes de los regímenes autoritarios no tienen límite geográfico, tampoco lo debe tener la Justicia que los persiga y sancione. Para ello, el Derecho Internacional reconoce el Principio de Jurisdicción Universal. Ahora bien, este principio del derecho humanitario internacional debe contener límites claros. Sólo se puede invocar tal principio, cuando existen evidencias tangibles que expongan la incapacidad material de la justicia domestica o local de hacer frente a tales atrocidades humanas.
Es decir, el principio de justicia universal, debe operar como excepción a la regla general que significa el principio de “territorialidad”, mediante el cual los Estados son soberanos para castigar y juzgar a los crímenes (por más aberrantes que sean) que ocurran dentro de sus fronteras. Es que existen casos concretos, donde la invocación irrestricta e irresponsable de la justicia universal termina significando la estrategia legal de un Estado de persecución de las autoridades de otros Estado, circunstancialmente enemigo de coyuntura global.
El caso más palpable de tales abusos en la aplicación del derecho universal contra los crímenes transnacionales de lesa humanidad y de guerra o genocidio, se dio en la Venezuela de Maduro o la propia Irán de los ayatolás. Ambos países iniciaron –por distintas escusas- causas penales contra autoridades argentinas; a modo de dictar órdenes de captura internacional y aumentar así la audiencia de los medios globales que les sean afines. Venezuela acusó al gobierno de Javier Milei por delitos indefinidos y amplios de terrorismo, mientras que el propio ex fiscal Nisman fue acusado por la justicia adicta de los ayatola, por sencillamente pretender investigar a ex funcionarios del régimen Iraní a raíz del atentado a la Amia.
Desde la Foundation for International Victims (FIV), intentamos identificar en el mundo, aquel justo medio que debe existir entre el compromiso de los países democráticos de hacer justicia (universal) ante los crímenes más aberrantes como el genocidio, sin por ello pretender inmiscuirse en asuntos internos y la soberanía de los Estados independientes.
Mediante dictámenes, denuncias y planteos de amicus curiae, asesoramos e intercedemos a favor de las víctimas de tales principios de derechos humanos, que cuando son aplicados con intenciones geopolíticas o de sumisión de un Estado en contra de otro Estado, trae aparejada una nueva violación a las garantías individuales y de libertades esenciales que también están protegidas por los Tratados Universales de Derechos Humanos.
Tal cual me repetía una y otra vez el profesor Andrew Ashworth de la Universidad de Oxford: el objetivo de máxima efectividad en la lucha contra el genocidio o los llamados crímenes de guerra, no debe subordinar el respeto indeclinable de las garantías universales de defensa, debido proceso y la presunción de inocencia y de contar con un juicio justo e imparcial. Parece sencillo decirlo, pero ese es uno de los desafíos más importantes para el derecho internacional en la era posindustrial en la que vivimos.